
El 24 de
marzo del año 1854, el entonces presidente de la República, José Gregorio
Monagas, firmó el ejecútese a la Ley que abolió de forma definitiva la esclavitud en
Venezuela.
En la
actualidad y fiel a la tradición constitucional, el artículo 54 de la Constitución de Venezuela prohíbe la esclavitud:
“Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La trata de
personas y, en particular, la de mujeres, niños, niñas y
adolescentes en todas sus formas, estará sujeta a las penas previstas en la
ley”.
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