jueves, 23 de marzo de 2017

Abolición de la esclavitud

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El 24 de marzo del año 1854, el entonces presidente de la República, José Gregorio Monagas, firmó el ejecútese a la Ley que abolió de forma definitiva la esclavitud en Venezuela.


En la actualidad y fiel a la tradición constitucional, el artículo 54 de la Constitución de Venezuela prohíbe la esclavitud: “Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La trata de personas y, en particular, la de mujeres, niños, niñas y adolescentes en todas sus formas, estará sujeta a las penas previstas en la ley”.

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